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HONORARIOS
"El Colegio de Abogados del Señorío de Vizcaya tiene derecho a percibir en cada arbitraje en concepto de tasas de administración de la Corte de Arbitraje el 20% sobre las bases indicadas en los artículos 51, 52, 54, 55 y 60 de las Normas orientadoras de honorarios profesionales del Consejo Vasco de la Abogacía publicadas el uno de enero de dos mil seis.
Los árbitros/as percibirán el 80% que resulte de la aplicación de dichas normas (Sean uno o varios árbitros)."
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